
REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD
A partir del 06/01/2024, toda solicitud de certificados e informes respecto de los actos a que se refiere la ley 6435, deberá efectuarse mediante el formulario C – Dominio y Gravámenes…
PROVINCIAL DEL REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
DISPONEN:
1. A partir del 06/01/2024, toda solicitud de certificados e informes respecto de los actos a que se refiere la ley 6435, deberá efectuarse mediante el formulario C – Dominio y Gravámenes – y formulario I – Dominio y Gravámenes, que se aprueba por la presente y que se adjunta como Anexo I. Dichos formularios estarán disponibles en el Portal de Santa Fe.
2. A partir del 06/01/2024, el formulario Parte 3 – Inhibiciones para certificados e informes, pasará a llamarse – Inhibiciones.
Se adjuntan los archivos para su descarga
I – Informe – Dominio y Gravamen
Anexo I Certificado – Dominio Y Gravamenes (F)
Informe – Inhibiciones editable