REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD

REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD

A partir del 06/01/2024, toda solicitud de certificados e informes respecto de los actos a que se refiere la ley 6435, deberá efectuarse mediante el formulario C – Dominio y Gravámenes…

PROVINCIAL DEL REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

DISPONEN:
1. A partir del 06/01/2024, toda solicitud de certificados e informes respecto de los actos a que se refiere la ley 6435, deberá efectuarse mediante el formulario C – Dominio y Gravámenes – y formulario I – Dominio y Gravámenes, que se aprueba por la presente y que se adjunta como Anexo I. Dichos formularios estarán disponibles en el Portal de Santa Fe.

2. A partir del 06/01/2024, el formulario Parte 3 – Inhibiciones para certificados e informes, pasará a llamarse – Inhibiciones.

Se adjuntan los archivos para su descarga

I – Informe – Dominio y Gravamen

Anexo I Certificado – Dominio Y Gravamenes (F)

Informe – Inhibiciones editable

Informe Inhibiciones (F) (2)

 

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